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Cuando se demanda reposición por despido nulo.

Publicado: 20/10/2020

Cuando se demanda reposición por despido nulo, en mérito a las causales previstas en el artículo 29 del decreto supremo N°003-97-TR, debe acreditarse el nexo causal existente entre el hecho que originó el despido y el despido en sí, de lo contrario , la demanda se declara infundada.


(fuente: Casación Laboral N° 8544-2017-Lima)